Abogado de familia asesorando a un progenitor sobre el régimen de visitas tras un divorcio en Ponferrada.

Régimen de visitas

Antes de nada, conviene definir este concepto. Se trata de una figura que se da en los procesos de divorcio o separación matrimonial siempre que existen hijos menores de edad de por medio. A través de ella se da derecho al cónyuge no custodio, es decir, a aquel que no reside habitualmente con los niños, a visitarlos físicamente en determinados momentos y a comunicarse con ellos.

El régimen de visitas se plasma en el convenio regulador de la separación o divorcio mediante resolución judicial. Puede ser el resultado de un acuerdo entre ambos cónyuges o una iniciativa del juez en caso de que este no se produzca.

Razones que motivan el incumplimiento del régimen de visitas

Incumplimientos por parte del progenitor custodio

No cumplir con lo especificado en el régimen de visitas conlleva, por ende, el incumplimiento del convenio regulador de la separación o divorcio. Suele pensarse que dicho incumplimiento solo es realizado por parte del cónyuge no custodio, pero no es así. Se da por ambas partes y es igualmente denunciable.

Según nuestra experiencia, las explicaciones aportadas por los progenitores custodio con más frecuencia son las siguientes:

”Mi ex pareja tiene una nueva relación y no quiero que mis hijos pasen tiempo con ella.”

”Mientras no me pague la pensión de alimentos no le dejaré ver a los niños.”

”Mis hijos no quieren ir con su padre o madre y yo no les voy a obligar.”

”Cuando le llevo a los niños a mi ex pareja acaban quedándose con los abuelos, así que mejor se quedan conmigo.”

Incumplimientos por parte del progenitor no custodio

Asimismo, los progenitores no custodio también suelen justificar sus incumplimientos con diferentes motivos:

”Mi horario laboral me impide recoger a los niños cuando me toca.”

”No puedo llevar a mi hijo al colegio un día concreto, así que se lo dejo a su otro progenitor para que lo haga.”

”Mis hijos no quieren venir conmigo y no les voy a obligar.”

”A mi nueva pareja no le gusta que lleve a mis hijos a nuestra casa.”

Salvo en los casos de incumplimiento por motivos laborales —de los que hablaremos más adelante—, ninguno de estos argumentos es razón suficiente para incumplir lo acordado en el convenio regulador. Tampoco servirá como eximente ante el juez si la parte afectada presenta una demanda.

¿Qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas?

Primeros pasos y negociación

Muchas personas no saben qué hacer ante el incumplimiento del régimen de visitas por parte de su ex pareja. Lo primero es saber que se considera incumplimiento una situación injustificada y reiterada, no un hecho puntual.

Antes de interponer la demanda de ejecución de sentencia, lo ideal es intentar negociar. Lo mejor es hacerlo en presencia de un abogado, buscando que los incumplimientos no se repitan. Es la opción más sencilla y beneficiosa, especialmente para los hijos.

Acuerdos temporales y modificaciones del convenio

Si se llega a un acuerdo temporal por motivos laborales, puede firmarse ante notario un documento privado con las modificaciones que regirán durante ese tiempo. En cambio, si el cambio va a ser permanente, deberá presentarse una demanda de modificación de medidas definitivas para que el juez lo ratifique mediante resolución judicial.

Requerimientos y demanda judicial

Si el incumplimiento persiste, incluso después de negociar, el siguiente paso es interponer requerimientos previos. Estos deben instar al otro progenitor a cumplir sus obligaciones. Es recomendable enviarlos por burofax para dejar constancia y poder usarlos como prueba.

Finalmente, podrá presentarse una demanda de ejecución de sentencia por incumplimiento del régimen de visitas. En esta se requerirá al progenitor incumplidor para que dé explicaciones en el juzgado. Además, se le advertirá de que, si continúa incumpliendo, podría incurrir en un delito de desobediencia a la autoridad judicial.

Consecuencias del incumplimiento del régimen de visitas

Multas coercitivas y control judicial

En el proceso judicial se concede al demandado un plazo para presentarse. Si se niega a cumplir, el juez puede imponer multas coercitivas mensuales según el artículo 776.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. También podrá mantenerlas durante el tiempo que considere necesario.

En estos casos, puede recurrirse al uso de un Punto de Encuentro Familiar para realizar las entregas y recogidas de los hijos, lo que facilita el seguimiento judicial de la situación.

Consecuencias penales del incumplimiento del régimen de visitas

De la despenalización a las sanciones actuales

Hasta 2015, el incumplimiento reiterado del régimen de visitas era considerado una falta penal. Sin embargo, esa conducta fue despenalizada y ahora se trata en el ámbito civil.

Delito de desobediencia a la autoridad

Esto no significa que no existan consecuencias penales. Si el progenitor incumple tras haber sido requerido judicialmente, puede incurrir en un delito de desobediencia según el artículo 556 del Código Penal. Este delito puede conllevar sanciones graves.

Posible modificación de la custodia

Además, el incumplimiento del régimen de visitas puede ser motivo para modificar el convenio regulador. En casos graves o reiterados, el juez puede cambiar la custodia de los hijos de un progenitor a otro. Por ello, siempre es recomendable contar con asesoramiento jurídico especializado.

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1 comentario en “Régimen de visitas”

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