Ilustración de una pareja de novios con fondo de celebración suspendida, representando la cancelación de la boda por la pandemia de la COVID-19.

Cancelación de la boda debido a la Covid-19

La mayoría de los sectores económicos se vieron afectados negativamente por COVID-19 y la crisis sanitaria actual. Por ello, se aplicaron muchas medidas para mitigar sus efectos y ofrecer asistencia económica y social. Aun así, todavía existen factores de inestabilidad difíciles de resolver. Entre ellos, las empresas que organizan eventos y los consumidores que participan en ellos.

¿Qué pasará con el contrato de los servicios?

Las empresas de catering, distribuidores, proveedores, fotógrafos, músicos o compañías de entretenimiento han visto sus actividades paralizadas por la pandemia. Esto ocurrió porque la mayoría de los eventos organizados desde el 14 de marzo de 2020 se cancelaron o pospusieron.

Uno de los sectores más afectados fue el de las bodas. Para celebrar un matrimonio, la pareja suele contratar muchos servicios: catering, fotografía, trajes, viajes, entre otros. En la mayoría de los casos, esos servicios ya estaban pagados antes de la celebración, incluso como depósito de reserva. Según el Real Decreto 11/2020, se puede recuperar el dinero abonado si el evento se cancela por causas de fuerza mayor.

Por ejemplo, si se cancela un evento y el fotógrafo ya recibió una señal, esta no podrá recuperarse. Sin embargo, si el evento se aplaza y el fotógrafo no puede cubrir la nueva fecha, deberá devolver el dinero de los servicios no prestados. En muchos casos, los fotógrafos ofrecen mantener la nueva fecha o recomendar a un colega profesional si no pueden atenderla.

¿Qué pasará con el viaje de luna de miel?

Según el Real Decreto, si se cancela un viaje organizado por causa del COVID-19, el proveedor puede ofrecer un bono. Dicho bono podrá usarse en el plazo de un año desde la fecha prevista. Si el cliente no lo usa en ese periodo, tendrá derecho al reembolso del importe abonado.

Si es el consumidor quien cancela el viaje por la crisis, el organizador también puede emitir un bono. Solo si el proveedor devuelve el importe correspondiente, el cliente recibirá el reembolso del viaje.

Cuando las parejas contrataron los servicios por separado, pueden solicitar la devolución o un bono. Las aerolíneas y los hoteles deben ofrecer al consumidor dos opciones, y este elegirá la que prefiera.

No solo se cancelan bodas, sino también desplazamientos, eventos empresariales y celebraciones especiales programadas para los próximos meses.

¿Qué debo hacer si el evento está programado en un estado de alarma?

Imaginemos una boda o evento empresarial previsto para abril que no puede celebrarse. En este caso, la mejor opción es llegar a un acuerdo entre las partes para posponerlo, en lugar de cancelarlo. Así ambas partes salen beneficiadas.

Si el evento solo tiene sentido en una fecha específica, el cliente puede cancelar el contrato y solicitar la devolución del dinero. No obstante, los gastos ya realizados por el organizador pueden descontarse del reembolso, siempre que estén justificados.

¿Qué pasará con los eventos futuros?

Para eventos planificados después del estado de alarma, la situación aún es incierta. No se sabe si la «nueva normalidad» afectará su realización.

En cualquier caso, lo más recomendable es negociar entre las partes y seguir la evolución de la situación. No se debe cancelar un evento de inmediato si aún existe la posibilidad de celebrarlo.

¿Qué derechos tiene como consumidor?

Normalmente, si el cliente cancela un evento, pierde el depósito pagado. Sin embargo, en casos de fuerza mayor, el Real Decreto 11/2020 protege al consumidor. Su artículo 36 establece medidas para resolver contratos imposibles de cumplir.

El consumidor puede resolver el contrato dentro de los 14 días si no se logra un acuerdo entre las partes. Si en 60 días no se llega a una propuesta, el contrato debe resolverse y reembolsarse el dinero pagado, descontando los gastos justificados.

En definitiva, si no se puede cumplir el contrato, la empresa del evento debe devolver el dinero abonado en un plazo de 14 días. Solo si el cliente acepta otras condiciones, se aplicarán. Por eso, se recomienda actuar con cautela al cancelar o posponer eventos. Es importante valorar todas las opciones y proteger los intereses de ambas partes ante esta situación excepcional.

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