A nuestro cliente se le imputaba un delito leve de injurias en Ponferrada en el ámbito familiar, relacionado con un conflicto sobre el régimen de visitas de sus hijos menores.
La denuncia tiene su origen en un informe del Punto de Encuentro Familiar (APROME), en el que se recogen determinadas manifestaciones realizadas por el mismo ante las técnicas del centro.
La parte denunciante consideraba que dichas expresiones, realizadas en el contexto del conflicto sobre el régimen de visitas de sus hijos menores, constituían un delito leve de injurias en Ponferrada conforme al artículo 173.4 del Código Penal.
Durante el acto del juicio, el Ministerio Fiscal interesó la libre absolución.
Por parte de esta defensa se sostuvo que las manifestaciones realizadas no contenían insultos ni expresiones vejatorias, ni existía ánimo de menospreciar, sino que respondían a la mera exteriorización de un temor personal por el bienestar de sus hijos menores.
Sentencia absolutoria por delito leve de injurias en Ponferrada
El Juzgado de Instrucción nº 2 de Ponferrada dictó sentencia absolutoria para nuestro cliente en este procedimiento por delito leve de injurias en Ponferrada.
La resolución considera acreditado que las manifestaciones realizadas responden a una preocupación o sentimiento subjetivo del denunciado y que las mismas no tienen encaje en el delito leve de injurias o vejaciones del artículo 173.4 del Código Penal.
Asimismo, se aplican los principios de presunción de inocencia, intervención mínima del Derecho Penal e in dubio pro reo, al no existir prueba suficiente para sustentar una condena penal.
Finalmente, las costas fueron declaradas de oficio.
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